SANTIAGO DEL ESTERO: UNA MEDIDA QUE IMPACTA SOBRE LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA.
Se introdujeron importantes modificaciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos de la provincia.
Por medio de la Ley de Santiago del Estero N° 7271, publicada en el Boletín Oficial de la provincia en fecha 02/01/2019, se introducen importantes modificaciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos de la provincia, con vigencia a partir del 01/01/2019.
Con las modificaciones introducidas a la Ley Impositiva, la provincia de Santiago del Estero se suma a las jurisdicciones que con el paso de los años han eliminado las exenciones a la actividad primaria. Esto tiene un gran impacto para los productores que trabajan en esa provincia ya que a partir de enero verán incrementada su carga impositiva.
Entre las principales modificaciones en el impuesto sobre los ingresos brutos, destacamos las siguientes:
Deroga la exención de la actividad primaria en el impuesto sobre los ingresos brutos establecida en el inciso ñ) del artículo 210 de la Ley.
Deroga la exención de la actividad primaria en el impuesto de sellos.
Se fija la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos en el 0,75% para toda la actividad primaria.
Quedan sin efecto a partir del 01/01/2019 todas las exenciones otorgadas al sector primario para el período 2019.
Con estas modificaciones, el cultivo de soja que era el único gravado, pasa a tributar a la alícuota del 0,75%, en reemplazo de la alícuota del 1,50% que tributaba hasta ahora. El resto de los cultivos, que hasta diciembre 2018 estaban exentos pasan a tributar a la alícuota del 0,75%.
La actividad de transporte también se ve afectada por las modificaciones y pasa a tributar a la alícuota del 2%.
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