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SANTIAGO DEL ESTERO: UNA MEDIDA QUE IMPACTA SOBRE LA ACTIVIDAD AGROPECUARIA.

Se introdujeron importantes modificaciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos de la provincia.

Por medio de la Ley de Santiago del Estero N° 7271, publicada en el Boletín Oficial de la provincia en fecha 02/01/2019, se introducen importantes modificaciones en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y en el Impuesto de Sellos de la provincia, con vigencia a partir del 01/01/2019.

Con las modificaciones introducidas a la Ley Impositiva, la provincia de Santiago del Estero se suma a las jurisdicciones que con el paso de los años han eliminado las exenciones a la actividad primaria. Esto tiene un gran impacto para los productores que trabajan en esa provincia ya que a partir de enero verán incrementada su carga impositiva.

Entre las principales modificaciones en el impuesto sobre los ingresos brutos, destacamos las siguientes:

  • Deroga la exención de la actividad primaria en el impuesto sobre los ingresos brutos establecida en el inciso ñ) del artículo 210 de la Ley.

  • Deroga la exención de la actividad primaria en el impuesto de sellos.

  • Se fija la alícuota del impuesto sobre los ingresos brutos en el 0,75% para toda la actividad primaria.

  • Quedan sin efecto a partir del 01/01/2019 todas las exenciones otorgadas al sector primario para el período 2019.

  • Con estas modificaciones, el cultivo de soja que era el único gravado, pasa a tributar a la alícuota del 0,75%, en reemplazo de la alícuota del 1,50% que tributaba hasta ahora. El resto de los cultivos, que hasta diciembre 2018 estaban exentos pasan a tributar a la alícuota del 0,75%.

  • La actividad de transporte también se ve afectada por las modificaciones y pasa a tributar a la alícuota del 2%.

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